
La Ley Orgánica Reformatoria para la Agilización de la Adopción, vigente en Ecuador, establece plazos específicos para las distintas etapas del proceso con el objetivo de reducir las largas esperas que han sido uno de los principales retos para las familias adoptantes, sin modificar las evaluaciones técnicas que exige la normativa anterior, según informaron autoridades del Registro Civil.
La reforma dispone que, una vez declarada la sentencia de adopción, el Registro Civil tiene un plazo de 3 días para inscribir la resolución y otorgar los apellidos de la familia adoptante a los menores, un cambio significativo si se compara con los casi 3 meses que tardó este trámite para una familia entrevistada por el programa.
Además, la ley incorpora la figura de un solo juez que conozca toda la causa, incluso en casos de adopción de hermanos, y establece un seguimiento integral durante los 5 años posteriores a la adopción para verificar el bienestar de los menores.