
La legislación ecuatoriana establece distinciones claras sobre las relaciones sexuales entre menores de edad, las cuales son consideradas delito o no según la edad de los involucrados y la existencia de consentimiento.
El abogado penalista Rubén Aguirre explicó en un espacio de asesoría legal que los adolescentes de 13 a 17 años pueden mantener relaciones consentidas sin que esto constituya un delito, a diferencia de lo que ocurre si un mayor de edad interviene con una menor, situación que la ley tipifica como violación.
Aguirre subrayó que los niños de hasta 12 años son considerados inimputables, por lo que no cometen delitos legalmente. Las sanciones para menores infractores se centran en medidas socioeducativas, que pueden incluir desde terapias psicológicas hasta la reclusión en centros de acogida, con un límite máximo de 8 años de privación de libertad.